lunes, 26 de septiembre de 2011

DEBATEN EN CORTES LEYES ANTIABORTO

Kora Itzel Cordova Lara
Relaciones Internacionales - Universidad de las Americas Puebla
Con un primer planteamiento del ministro Aguirre Anguiano, la SCJN volvió abrir la discusión de este tema para revisar reformas de Baja California y San Luis Potosí, que establecen el derecho a la vida desde la concepción.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) volvió abrir la discusión del tema del aborto, para revisar las reformas constitucionales de Baja California y San Luis Potosí, que establecen el derecho a la vida desde la concepción.
Esto sucede tres años después de avalar la reforma que despenalizo el aborto en el Distrito Federal.
El ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano realiza en este momento la exposición de motivos.
Los actuales proyectos de sentencia del ministro Fernando Franco plantean la inconstitucionalidad de las enmiendas, por atentar contra la dignidad y los derechos fundamentales de las mujeres, particularmente su libertad y salud reproductiva, además de ser contrarias a la Constitución federal.
Reformas similares a las de Baja California y San Luis potosí, que establecen una protección absoluta a la vida prenatal desde la concepción o fecundación, fueron aprobadas por otros 16 congresos locales tras la despenalización parcial del aborto en el Distrito Federal, avalada por la corte en 2008.
Las entidades que aprobaron este tipo de enmiendas son, además de los dos casos en estudio ante la Corte, Chihuahua, Sonora, Morelos, Colima, Puebla, Jalisco, Durango, Nayarit, Quintana Roo, Campeche, Guanajuato, Yucatán, Querétaro, Oaxaca, Chiapas y Tamaulipas.
Los proyectos en el pleno del máximo tribunal comenzaran a estudiar que los congresos locales no pueden establecer en sus constituciones esa protección a la vida en contravención de la carta magna, que no la contempla, y de tratados internacionales en la materia.
Los ministros deberán resolver si es constitucional otorgar el carácter de individuo (persona humana) al concebido desde el momento de la concepción (o fecundación pues las reformas equiparan estas dos etapas gestacionales) y reputarlo como nacido  para todos los efectos legales, hasta su muerte nacional o no inducida.
Los proyectos del ministro Franco plantean que esa pretensión no es válida: “Aun cuando un cigoto califica como un organismo humano, no se le puede considerar razonablemente como persona o individuo (es decir, como sujeto jurídico o normativo), de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. O los tratados internacionales”, sostiene.
Este hecho constituye en un ideologismo liberal, puesto que, salvaguarda la libertad de la mujer en elegir si concebir o no al producto, en donde el Estado o los colectivos no tienen derecho a la intromisión en la conducta privada de sus ciudadanos.
También supone una actitud del Estado congruente con la sociedad internacional al dirigir sus políticas y reformas sin salirse del “hilo” con los tratados internacionales que tiene el Estado mexicano.

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